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Instituto Tutelar de Bizkaia

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Bizkaiko Tutoretza Erakundea - Instituto tutelar de Bizkaia

Finalidad

Sus finalidades principales son:

  1. El ejercicio inexcusable de la tutela y curatela de las personas mayores de edad incapacitadas legalmente, residentes en el Territorio Histórico de Bizkaia, en los términos fijados en el Código Civil, cuando así lo determine y le sea conferida por la autoridad judicial competente por resolución firme y definitiva, siempre y en todo caso en el que medie exclusión judicialmente admitida de aquellas otras personas físicas o jurídicas, que según el orden de prelación establecido en el citado texto legal no concurrieren al desempeño de los expresados institutos jurídicos.
    Tales funciones se desarrollarán en el marco de las prerrogativas impuestas por mandato judicial, extinguiéndose o expirando dicho cometido cuando así fuere decretado, de igual manera, por la autoridad judicial competente.
  2. La asunción, en su caso, de la defensa judicial de las personas mayores de edad residentes en el Territorio Histórico de Bizkaia sobre las que se haya iniciado un proceso de incapacitación, así como el ejercicio de cuantas funciones determina la autoridad judicial en medidas provisionales de defensa y protección personal y patrimonial de presuntos incapaces, en situación de desamparo.
  3. El fomento y realización de acciones encaminadas a la integración y normalización de los/as incapacitados/as legalmente tutelados/as por el Instituto Tutelar de Bizkaia, facilitando recursos sociales, la atención personal del/la incapacitado/a, su cuidado, rehabilitación o recuperación y el afecto necesario, así como las funciones de gestión y complementación en el orden personal y patrimonial que fijan las disposiciones que al efecto emanan del Código Civil en el ejercicio de la tutela o curatela.
  4. La administración de los bienes del/la tutelado/a y de los/las menores desamparados/as tutelados/as por la Diputación Foral de Bizkaia, actuando en su beneficio, bajo los principios de prudencia, conservación y mejora de aquéllos, con arreglo a las previsiones contenidas en el Código Civil al respecto, y a cualesquiera otras Disposiciones Legales que fueren de aplicación.
  5. La tramitación de la liquidación de la herencia y la administración de los bienes y derechos de las herencias en las que resulten herederas las personas mayores tuteladas o los/as menores desamparados/as tutelados/as por la Diputación Foral de Bizkaia.
  6. Información, orientación, asesoramiento y asistencia a padres, familiares y otros tutores.